Si. Para ello debe ingresar a la nota de devolución en compras, registrar los productos a devolver, y asignar la forma de pago correspondiente. Ej: Cuentas por pagar a proveedores o anticipo (cuentas por cobrar). En la imputación se verá reflejado como documento a afectar, la misma devolución, es decir, se afecta así misma. Esta opción es válida sólo si a los productos que desean devolver, no es posible determinar su documento de compra original, ya que es posible encontrar artículos mezclados de varias facturas, que sean artículos vencidos, entre otras.