Conceptos adicionales por ausentismos
Las novedades por ausentismo son aquellas que justifican porque un empleado no asiste a laborar en una empresa, como por ejemplo vacaciones, incapacidades, licencias etc. Se clasifican en dos categorías:
1. Remuneradas
2. NO remuneradas
1. Remuneradas
Se liquidan los conceptos normales, pero como bases las siguientes:
Salud, Caja y Pension, Riesgos: La base será: (SalarioBasico/240)*(240-HorasLaboradas), esto quiere decir: El valor de la hora por las horas de la novedad
Los porcentajes quedarán así:
Salud: Con el total del porcentaje actual para pension: %4 (Teniendo en cuenta que la salud del %8 por parte del empleador desaparición, igual si este concepto aparece nuevamente, sería del %12.5
Pension: El valor total correspondiente a empleador y empleado, osea el %16
Caja: El valor correspondiente a Caja de compensación familiar
Riesgos: El correspondiente a riesgos
2. NO Remunerados
Se liquida solo Pension. La base será: (SalarioBasico/240)*(240-HorasLaboradas), esto quiere decir: El valor de la hora por las horas de la novedad
Los porcentajes serán solo los correspondientes al empleador osea el %12 actual al año 2018
Para trabajar con los conceptos de ausentismos, es necesario crear por cada uno, los conceptos de liquidación de los conceptos pares que hacen parte de los aportes exigidos por la Ley,
por ejemplo:
- Para el concepto de licencia no remunerada se debe liquidar el concepto de pension
- Para el concepto de vacaciones liquidadas se deben liquidar los conceptos: Salud, Pension, Riesgos y Caja
Por lo anterior se crea una nueva tabla para almacenar los conceptos concernientes cada novedad de ausentismo.
th.conceptosporausentismo
id int
conceptoausentismoID nvarchar(3)
conceptoID nvarchar(3)
solotiempo bit
Por el centro de nomina ingrese a Aportes por ausentismos
Se muestra esta pantalla donde el usuario puede Adicionar, Modificar, Eliminar los respectivos conceptos por cada concepto de Ausentismo, por ejemplo aquí se aprecia el concepto 011 Vacaciones liquidadas, que tiene cuatro conceptos de aportes por ausentismo: A01 Pension por ausencia remunerada, A03 Salud por ausencia, A04 Caja por ausencia, A05 Riesgos por ausencia. Observe que unos conceptos como A05 Riesgos por ausencia, en Vacaciones Liquidadas, tiene marcado Calcular solo tiempo como verdadero, esto quiere decir, que el sistema solo calculará tiempo para este concepto, mas no valores. Esto es necesario para cuando se genera la liquidación de nómina, se genere el restante de tiempo para generar el plano de aportes según resolución 2388. por ejemplo si una persona tuvo unas vacaciones de 17 dias, el plano arrojará dos líneas una con la liquidación salarial por los 13 dias en horas, osea 104 horas y otra línea con los dias de la novedad en vacaciones por 136 horas que equivalen a 17 dias. Igualmente el sistema dentro de la liquidación crea los conceptos de Salud por ausencia, Pensión por ausencia, Caja por ausencia y Riesgos por ausencia, para dentro del plano, generar los valores, IBC y horas respectivas a estos conceptos.
Las novedades anexas a una novedad de ausentismo tienen como IBC el salario básico dividido por 240 horas y multiplicado por las horas de la novedad, osea que si un empleado trabaja 104 horas, y el básico es de $3.000.000 la formula quedaría asi:
IBC=240-104=136*(3.000.000/240), IBC=$1.700.000, con este IBC, se calculan los aportes por ausentismo y la pension por ausentismo remunerado quedaría: 1.700.000*0.16 =$272.000
Las novedades por ausentismos remunerados difieren de las novedades por ausentismos no remunerados, por ejemplo una licencia NO remunerada solo liquida pensión con el porcentaje que le corresponde al empleador, osea bajo los parametros a 2018, sería retomando el ejemplo anterior: Pension = 1.700.000 * 0.012%=%204.000, el resto de conceptos de aportes por ausentismo: Salud, Caja y Riesgos, calculan solo tiempo, para que siempre se cumplan los 30 dias laborales o 240 horas laborales.
Las novedades de ausentismos remuneradas, calculan Pension con el 16%, Salud con el 4% , Caja con el 4% y Riesgos solo tiempo y cero valor.
Lo que siempre buscan estas reglas de liquidación el que se cumplan las reglas de tiempo y valores correctamente para la generación del plano para subir el pago de aportes en línea.
Siempre debe cumplirse la regla de cotización de 240 horas mensuales labora o no labore el empleado.
3. De las formulas actuales hay que quitar las vacaciones del IBC
4. Definir el parámetro: PreliquidarParametrosPorAusentismo en cada empresa que se vaya a manejar el plano de aportes en línea y ponerlo en true, por defecto queda en false.
La empresa que no maneje al detalle los ausentismos, simplemente deja en false o sin marcar "Cuando se liquiden las novedades de ausentismo, generar automáticamente …"
NOTAS IMPORTANTES
Las horas laborales siempre deben iniciar en 240 horas y solo las novedades de ausentismo pueden reducir estas horas, por ejemplo, si un empleado sale 17 dias de vacaciones, se pone la novedad por estos 17 dias en horas, osea 136 horas, con esto el sistema calcula que laboró 240-136 = 104 horas, osea 13 dias. Es incorrecto, en las horas laboradas de un empleado, ingresar directamente 104 en este caso, sin justificar donde están las otras 136 horas.
El IBC queda mal calculado y no permite liquidar auxilio de transporte
En la fórmula del IBC o cualquier fórmula, no puede aparecer Comisiones + ComisionesMensualesLiquidadas, pues esto duplica las comisiones en la formula y por lo tanto daña la misma, quitar el segundo concepto y dejar solo Comisiones.
Puede ocurrir que por este IBC, mal liquidado, se aumenta al duplicar las comisiones y sobrepasa el SMLV = Salario Mínimo Legal Vigente, y no calcular Auxilio de transporte, Quitando las dobles comisiones, se soluciona el problema.
Puede ocurrir también que el SMLV esté desactualizado en las fórmulas libres y ocasione la no liquidación del auxilio de transporte, por ejemplo, supongamos que el SMLV en el 2017 era de 737.717 y en 2018 de 842.818 y una persona gana 1.500.000, si se liquida la nomina con el SMLV de 737.717 la norma es que después de dos salarios mínimos no se paga Auxilio de transporte, porque 1.500.000 es mayor que 737.717 *2 = 1.475.434, osea que al tener en las formulas libres el SMLV para el año 2018 en 737.717 y NO de 842.818 como debe ser, ocasiona una mala liquidación en el auxilio de transporte, al poner 842.818 si se liquida auxilio de transporte, pues 1.500.000 no es mayor que 842.818 x 2 = 1.685.636.